Mis asignaturas



Blog del profesor

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1.Remuneracion

2.devengado


3.deducido


4.salario minimo


5.subsidio de transporte


6.trabajo extra


7.jornada laboral


8.causacion de nomina


9.prestaciones sociales


10.contratos de trabajo



1.principios institucionales

Estamos comprometidos con la formación integral del ser humano y en especial la mujer, a través de un modelo innovador.

mision y vision

2.syllabus

syllabus

3.acuerdo de pedagogia

Acuerdo pedagogico

4. CODIGO Q R

CODIGO Q R

5. RUBRICA

RUBRICA NOMINA


6. Reglamento estudiantil 
Artículo 49. DE LA PRUEBA SUPLETORIA: Es aquella que voluntariamente solicita y presenta el estudiante cuando no presenta la última prueba del respectivo corte –parcial o final- (el equivalente al 50% de los mismos) en la fecha programada para ello. El estudiante, para presentarla, deberá cancelar el importe correspondiente y presentar al docente el recibo de pago antes de la prueba.
PARÁGRAFO: La prueba supletoria será practicada por el docente de la asignatura en las fechas establecidas en el calendario académico.

Si el estudiante no presenta la prueba supletoria en la fecha y hora que se le fije para dichos efectos, perderá de manera inmediata el derecho a presentarla y se le reportará una calificación de cero punto uno (0.1)

nomartividad-academica.



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